La práctica principal del Estudio se encuentra actualmente enfocada en el derecho penal, área en la que se desarrolla una defensa técnica orientada a causas complejas y de especial sensibilidad.
El trabajo se apoya en una comunicación clara y un acompañamiento constante, manteniendo al cliente informado sobre el estado de su causa e involucrándolo activamente en cada etapa del proceso judicial, con el objetivo de que comprenda las decisiones adoptadas y se sienta respaldado durante todo el proceso.
Asimismo, el Estudio cuenta con un equipo interdisciplinario de peritos especializados en distintas áreas técnicas vinculadas al proceso penal, lo que permite abordar cada caso con una perspectiva integral y una preparación probatoria sólida.
La intervención de especialistas en accidentología, informática forense, medicina legal, psicología, criminalística y otras disciplinas resulta fundamental para el análisis de evidencia compleja, la elaboración de informes técnicos y el control de las pruebas producidas durante la investigación.
Esta estructura de trabajo permite construir defensas estratégicas con sustento jurídico y técnico, especialmente en causas donde la prueba pericial adquiere un rol determinante para la resolución del caso.
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¿Qué es el delito de homicidio?
El homicidio consiste en causar la muerte de otra persona. Es uno de los delitos más graves del Código Penal, ya que afecta el bien jurídico por excelencia: la vida humana. La legislación contempla diferentes tipos de homicidio, según las circunstancias del hecho, el medio empleado, el vínculo entre víctima y autor, y la motivación del crimen.
Tipos de homicidio:
• Homicidio simple (Art. 79 C.P.):
Se trata de causar la muerte sin que existan agravantes específicos. La pena prevista es de 8 a 25 años de prisión.
• Homicidio agravado (Art. 80 C.P.):
La ley prevé prisión perpetua cuando se comete el hecho con alevosía, por placer, por odio racial, de género o religioso, mediando violencia de género o femicidio, contra un ascendiente, descendiente, pareja o expareja, por ensañamiento, entre otros supuestos.
•Homicidios atenuados:
Emoción violenta:
ARTICULO 81. del C.P.- «1º Se impondrá reclusión de tres a seis años, o prisión de uno a tres años:»
INC A) Al que matare a otro, encontrándose en un estado de emoción violenta y que las circunstancias hicieren excusable.
• Homicidio Preterintencional:
INC B) Al que, con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte.
Es decir, si alguien quería lastimar a otra persona (no matarla), pero la muerte ocurrió igual aunque el medio usado normalmente no debería haberla causado.
Vinculo con Atenuación legal:
ARTICULO 82. del C.P. – Cuando en el caso del inciso 1º del artículo 80 concurriese alguna de las circunstancias del inciso 1º del artículo anterior, la pena será de reclusión o prisión de diez a veinticinco años.
• Homicidio culposo (Art. 84 C.P.):
Se aplica cuando alguien causa la muerte de otra persona sin intención, pero por actuar con imprudencia, negligencia, o sin respetar las reglas de su profesión u oficio.
Un ejemplo típico es un médico que comete un error grave por falta de atención.
La pena es de 1 a 5 años de prisión, más la inhabilitación para ejercer la actividad que dio origen al hecho (ejercer una profesión, etc.) por el mismo período.
•Homicidio culposo agravado – (Art. 84 bis C.P.)— (conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor)
La pena básica prevista por la ley es de 2 a 5 años de prisión, además de una inhabilitación para conducir de 5 a 10 años.
Sin embargo, la pena aumenta a 3 a 6 años de prisión cuando existen circunstancias graves. Entre ellas se encuentran la fuga del conductor, la falta de auxilio a la víctima, conducir alcoholizado o bajo efectos de estupefacientes, exceder ampliamente la velocidad permitida, manejar estando inhabilitado o violar semáforos y señales de tránsito.
También se agrava cuando se presentan las circunstancias previstas en el Artículo 193 bis del Código Penal . Este artículo sanciona las llamadas “picadas ilegales”, es decir, las carreras de velocidad o pruebas de destreza realizadas sin autorización en la vía pública, poniendo en peligro la vida o la integridad física de las personas.
Asimismo, también agrava la situación cuando existe culpa temeraria, es decir, una conducción extremadamente imprudente y peligrosa, o cuando el hecho produce más de una víctima fatal.
¿Cómo se investiga un homicidio?
Las causas por homicidio requieren una investigación penal compleja, donde intervienen peritos, médicos forenses, criminalistas y psicólogos. Se analizan pruebas como autopsias, informes balísticos, registros telefónicos, cámaras de seguridad, antecedentes del imputado y testigos clave.
El rol del abogado penalista en estos casos es crucial, tanto para garantizar el debido proceso si se representa al imputado, como para impulsar la investigación y obtener justicia si se asiste a los familiares de la víctima.
¿Te acusan de homicidio o estás vinculado a una causa donde hay una muerte?
Desde nuestro Estudio Jurídico intervenimos en causas penales complejas, brindando defensa estratégica a imputados, o representando a víctimas. Contamos con un equipo técnico capacitado para analizar cada caso con rigurosidad, proteger tus derechos y actuar con eficacia en todas las instancias del proceso.

